Constitución de 1819

Después de analizar cuidadosamente sus inmediatas prioridades, el nombramiento de Juan Martín de Pueyrredón como director supremo y la Declaración de la Independencia (ambos llevados a cabo en 1816), el Congreso de Tucumán se abocó de lleno a la tarea de terminar la forma de gobierno a ser establecida; después de un prolongado debate, durante el cual el Congreso se trasladó a Buenos Aires, se designó una comisión, el 11 de agosto de 1817, para redactar y presentar un proyecto de constitución; entre los miembros de la citada comisión, se encontraba José Mariano Serrano, Diego Estanislao Zavaleta, Teodoro Sánchez de Bustamante, Juan José Paso y Antonio Sáenz; después de realizar un exhaustivo estudio de la previa legislación argentina y de las constituciones extranjeras tales como la de Estados Unidos, Francia (especialmente su constitución de 1791) y la liberal constitución española de 1812, esta comisión presentó un bosquejo constitucional en 1819; si bien, en general, se creía que la mayoría de los miembros del Congreso se inclinaban hacia una forma de gobierno monárquica, el proyecto presentado no hacía mención alguna de monarquía, pero podría haber servido tanto para una forma de gobierno republicana como monárquica; estipulaba el nombramiento de una fuerte autoridad o director supremo (electo por ambas cámaras del Congreso) con su propio Consejo de Estado; la legislatura consistía en una cámara baja de diputados provinciales y un senado compuesto por representantes elegidos por el senado en funciones, sobre la base de las nominaciones presentadas por las provincias, las instituciones importantes como la Iglesia, el ejército y las universidades también estarían representadas; después de algunas discusiones, esta constitución fue aprobada por el Congreso y dispuesta como ley vigente de la Nación el 25 de mayo de 1819, encontrando un entusiasta recibimiento por parte de la gente de Buenos Aires; por el contrario, fue inmediatamente rechazada por los habitantes de las provincias, quienes vieron el ella su inclinación aristocrática, su fuertemente centralizado poder y su interés por las prioridades de Buenos Aires y no por las de todas las provincias, negando todos los principios democráticos y federalistas a los que eran afectos; como un símbolo de todos los problemas de la nación que había ignorado, esta constitución sirvió como pretexto, o chispa, para dividir al país y librarlo a la anarquía de 1819-1820 y a las guerras civiles que se sucedieron.

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