SOBRE PROTECCION AMBIENTAL

TEXTOS DE LEYES SANCIONADAS

 

Constitución Nacional

Art. 41: "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer la de las generaciones futuras y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generara prioritariamente la obligación de recomponer según lo establezca la ley."

 

Ley de residuos peligrosos N° 24.051

Art. 2: "Será considerado peligroso a los efectos de esta ley, todo residuo que pueda causar daño directa o indirectamente, a seres vivos o contaminen el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general".

 

Ley de tránsito N° 24.449

Art. 28: RESPONSABILIDAD SOBRE SEGURIDAD: "Todo vehículo que se fabrique en el país o se importe para poder ser librado al tránsito publico debe cumplir con las condiciones de seguridad activas y pasivas, de emisión de contaminantes y demás requerimientos de este capitulo, conforme a las prestaciones y especificaciones contenidas en los anexos técnicos de la reglamentación, cada uno de los cuales contiene un tema de presente titulo..."
Art. 33: OTROS REQUERIMIENTOS: "Respecto a los vehículos se debe, además: a) los automotores ajustarse a los limites sobre emisión de contaminantes, ruidos y radiaciones parásitas. Tales limites y el procedimiento para detectar las emisiones son los que establece la reglamentación, según la legislación en la materia. c) Implementar acciones o propaganda tendiente a disminuir el consumo excesivo de combustible..."
Art. 34: REVISION TECNICA OBLIGATORIA: ..." La misma autoridad cumplimentara también una revisión técnica rápida y aleatoria (a la vera de la vía) sobre emisión de contaminantes y principales requisitos de seguridad del vehículo ajustándose a lo dispuesto en el art. 72 inc. c.1"
Art. 48: PROHIBICIONES: "Esta prohibido en la vía publica: w) circular con vehículos que emitan gases, humo, ruidos, radiaciones u otras emanaciones contaminantes del ambiente, que excedan los limites reglamentarios."
Art. 72 inc. c.1: RETENCION PREVENTIVA: "La autoridad de comprobación o aplicación debe retener dando inmediato conocimiento a la autoridad de juzgamiento: c) A los vehículos: 1) que no cumplan con las exigencias de seguridad reglamentaria, labrando un acta provisional la que, ...presentada dentro de los tres días ante la autoridad competente, acreditando haber subsanado la falta quedara anulada. El incumplimiento del procedimiento precedente convertirá el acta en definitiva.La retención durara el tiempo necesario para labrar el acta, excepto si el requisito faltante es tal que pone en peligro cierto la seguridad del transito..."
Art. 77: CLASIFICACION: "Constituyen faltas graves las siguientes: ... c) Las que afecten por contaminación al medio ambiente".
Art. 84: MULTAS: "El valor de las multas se determina en unidades fijas denominadas (UF), cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al publico de un litro de nafta especial".

 

Decreto reglamentario 646/95

Art. 24: "Todo Taller de Revisión Técnica (TRT) deberá contar con un mínimo de elementos mecánicos e instrumental que deberá validar ante su respectiva Autoridad Jurisdiccional (AJ). Los elementos mínimos con los que deberá contar los Talleres de Revisión Técnica (TRT) para su habilitación, sin perjuicio de los que a futuro se puedan exigir de acuerdo a los avances y requerimientos técnicos que la industria incorpore, serán los siguientes: a) alineador óptico de faros con luxómetro incorporado. b) detector de holguras. c) calibre para la medición de la profundidad de dibujo de la banda de rodamiento de neumáticos. d) Sistema de medición para la determinación de la intensidad sonora del vehículo (decibelímetro). e) Medidor de gases de escape para motor OTTO (CO y HC) . f) Analizador de humo de gases de escape para motor DIESEL (opacímetro o sistema de medición por ennegrecimiento por filtrado) . g) Criquet o dispositivo para dejar las ruedas suspendidas y libres. h) Lupas de DOS (2) y CUATRO (4) dioptrías. i) Tester. j) Frenómetro con bascula incluida. k) Dispositivo de verificación de alineación y dirección. l) Dispositivo de control de amortiguación (para vehículos livianos). m) Herramientas e instrumentos menores de uso corriente y dispositivos para calibración del equipamiento."

 









Contenido realizado por alumnos para
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